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Identificación animal en la CCAA de Madrid

 

Identificación animal en la CCAA de Madrid

En nuestra Comunidad está vigente la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, Ley que tiene como finalidad lograr el máximo nivel de protección y bienestar de los animales de compañía, así como fomentar la tenencia responsable de los mismos.

En ella se establece la obligatoriedad de identificar mediante microchip, los perros, gatos, hurones, conejos y équidos.

El procedimiento de implantación del microchip se realizará necesariamente por un veterinario oficial o colaborador, el propietario en ese momento debe acreditar documentalmente su identidad, a continuación del marcaje, se procederá a registrar el alta en el RIAC para que el animal quede registrado de forma definitiva.

Es obligación de los propietarios identificar a sus animales según lo establecido, la identificación de perros y gatos se debe hacer antes de los tres meses de edad y el cambio de titularidad se solicitará en el registro en el plazo máximo de tres días hábiles a contar desde el día en que la posesión del animal es efectiva.

El RIAC (Registro Informatizado de Identificación Animales de Compañía) se crea en 1993, fichero propiedad de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente y que se gestiona desde el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid.

Los chips consisten en una pequeña cápsula miniaturizada (aproximadamente del tamaño de un grano de arroz) inyectada subcutáneamente. Se trata de un equipo pasivo y sin baterías que porta en su interior un código numérico único y permanente de acuerdo a los estándares ISO 11784-11785 detectable mediante un lector de ondas electromagnéticas, el cual genera un campo electromagnético que activa la cápsula emitiendo el código que lleva grabado teniendo de esta manera y al alcance de la mano los datos para la localización de una animal robado o extraviado: propiedad, estado sanitario respecto a la vacuna de la rabia.

Es muy importante que los propietarios mantengan el registro actualizado de forma que, si cambian de domicilio o teléfono, o el animal cambia de propietario, deben llamar inmediatamente al RIAC donde actualizaran sus datos para que, en caso de ser necesario, puedan ser localizados sin problemas.

Asimismo, si el animal se extravía o es sustraído, deben comunicarlo para que se active la denuncia en el registro. Si el animal es encontrado y se comunica al RIAC, se comprobará que el número de chip coincide con uno de los animales registrados y se avisará al propietario. Gracias a este sistema, cada año son recuperados una media de 12.000 animales.

En la Comunidad de Madrid no se puede administrar la vacuna antirrábica, si el animal no está previamente identificado.

Dado que los animales domésticos están en contacto permanente con la sociedad, la identificación animal fomenta la propiedad responsable.

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Identificación animal en la Comunidad de Madrid

La identificación de perros y gatos tiene carácter obligatorio en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.

El Registro de Identificación de Animales de Compañía facilita el control, recuperación de animales perdidos, control sanitario, así como estudios estadísticos y epidemiológicos

Todo perro o gato residente en la Comunidad de Madrid deberá estar identificado y censado, en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de su nacimiento o un mes después de su adquisición. Dicha identificación será efectuada por un veterinario oficial o privado colaborador, con ejercicio profesional en la Comunidad de Madrid, mediante la implantación en el animal de un Código establecido.

Los veterinarios actuantes, accederán con su certificado de firma electrónica al Registro de Identificación de Animales de Compañía e introducirán las altas de los datos de los animales a los que se ha identificado. Este servicio permite, además, el posterior mantenimiento de los datos del registro del animal, por parte del propio interesado con su certificado (modificar datosdar de baja al animal, o realizar un cambio de propietario).

Si en el momento de adquirir el animal estuviera censado por su anterior propietario, el nuevo poseedor deberá darse de alta como tal, a través de los veterinarios oficiales

En el caso de estar el animal identificado mediante sistema distinto al aquí establecido se procederá como si dicha identificación no existiera.

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5 razones para identificar con microchip a tu perro

Cuando nos responsabilizamos del cuidado de un perro debemos hacer todo lo que esté en nuestra mano por su bienestar. Esto incluye proporcionarle la seguridad que necesita y que, por supuesto, merece.La prevención siempre es necesaria pero todavía más para los que realizan actividades al aire libre y suelen viajar con sus más fieles compañeros. Aquí encontrarás 5 razones para ponérselo, aunque solo necesitas una: puede ser su billete de vuelta a casa.

  1. Es inocuo y no le molesta. El microchip está contenido en una cápsula de vidrio de un grosor como un grano de arroz y una longitud de centímetro y medio que el veterinario “inyecta” bajo la piel del cuello. El microchip identifica permanente al animal con un número de microchip mundial único de 15 dígitos.
  2. No acarrea más molestias que cuando se coloca. Es muy rápido, un pinchazo basta, y no se precisa anestesia. Su resistencia hace que dure para siempre identificando inalterable e inequívocamente a la mascota. Los datos asociados al identificador del animal pueden ser modificados por un veterinario: cambio de domicilio, de propietario…
  3. Es una manera económica de garantizar la tranquilidad en la familia ante una pérdida nunca deseada. Se suele hacer a partir de los tres meses coincidiendo con la vacunación contra la rabia. El precio por implantarlo puede oscilar pero está en torno a los 30 euros. Su verificación la pueden hacer tanto veterinarios como las autoridades competentes.
  4. Evitan usos indebidos del pedigrí del animal permitiendo la “trazabilidad” de sus orígenes. La identificación con el microchip ayuda a las personas responsables a identificar la procedencia del perro y así poder detectar cualquier irregularidad en la que podrían caer algunos supuestos criadores/vendedores.
  5. Su uso es común y en la Unión Europea está bastante extendida la preocupación por las mascotas. Son muchos los países que tienen un acuerdo de colaboración para la compartición de las bases de datos, lo que permite ampliar el ámbito de búsqueda, en caso de robo o desaparición, más allá del ámbito local. Para estos casos, se puede recurrir al registro de mascotas europeas europetnet.

En España es obligatorio el registro y la identificación del perro, labor que recae en los municipios. Cada comunidad autónoma desarrolla su normativa en cuanto a la obligatoriedad del chip y tu profesional veterinario te informará debidamente de cualquier aspecto que debas tener en cuenta.

Fuente: Royal Canin